Información a viernes 17 de abril de 2020
Con fecha 17 de abril se ha publicado en el BOCM una ayuda de 534,50€ enmarcada en el Plan Continúa de la Comunidad de Madrid.
Para acceder a dicha subvención hay que cumplir los siguientes requisitos:
- Desarrollar la actividad en la Comunidad de Madrid.
- Estar dado de alta en autónomos y estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Madrid, y con la Seguridad Social o la Mutua de Previsión Social correspondiente según el caso.
- Permanecer de alta en el RETA durante, al menos, los tres meses siguientes al abono de la subvención.
- Haber sufrido una pérdida de ventas de un 30% durante el mes de marzo respecto de febrero de 2020 o respecto de marzo de 2019. Para acreditarlo habrá que presentar una declaración responsable que acredite un descenso de facturación de al menos el 30%.
- Este descenso de las ventas podrá acreditarse mediante la contabilidad. Necesitaríamos los importes de las ventas de estos tres meses una vez comprobado que se cumple esa reducción de ventas de por lo menos el 30%. Si estás en módulos podrá acreditarse por cualquier método de prueba admitido en derecho como podría ser con las ventas con tarjeta. En este caso necesitaríamos las ventas de datáfono de estos meses (febrero 2019, febrero 2020 y marzo 2020) una vez comprobado que las del mes de marzo cumplen esa reducción del 30% respecto de febrero 2020 o respecto de marzo 2019.
- Haber realizado el Plan de Prevención de Riesgos Laborales (en el caso de tener trabajadores) o, en su caso, estar exento del mismo (si no se tienen trabajadores).
- No haber sido beneficiaria de ayudas o bonificaciones de cuotas a la mutua de previsión social correspondiente.
- No haber sido beneficiaria de la subvención del programa de ayudas de consolidación del trabajo autónomo.
- No haber sido beneficiaria de la ayuda de la Comunidad de Madrid del Plan Impulsa (la que sacaron recientemente para autónomos sin empleados a los que obligaron a suspender su actividad).
- No haber sido beneficiario de la Prestación por Cese que sacó el Gobierno recientemente para autónomos a los que se le había obligado a cerrar o para los que pudieron acreditar una pérdida en el mes de marzo del 75% de sus ventas.
El plazo de presentación de las solicitudes es de un mes desde hoy.
Si estás interesado en solicitarla ponte en contacto con nosotros enviándonos la documentación solicitada al correo electrónico adepesca@adepesca.com. La gestión de la solicitud de esta prestación tiene un coste de 55€ más IVA.
Documentación que debe acompañarse a la solicitud:
a) Formulario debidamente cumplimentado y firmado.
b) En su caso, documentación válida en derecho que acredite de manera fidedigna la representación legal.
c) Justificante de estar al corriente de pago de las cuotas a la Seguridad Social del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la mutua de previsión social correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud.
d) Justificante de Impuesto de Actividades Económicas, modelo 036 o 037, o, en el caso de Mutualistas, documentación acreditativa de que la actividad la realiza dentro de la Comunidad de Madrid.
e) Informe de vida laboral acreditativo del alta del solicitante en el RETA, en el supuesto de que se deniegue expresamente la consulta de dicho extremo por la Administración, mediante la cumplimentación por el solicitante, a tal efecto, de la correspondiente casilla de la solicitud.
f) Justificante de la inscripción del solicitante en la mutua de previsión social correspondiente.
g) Número de cuenta bancaria.
Cualquier consulta o ampliación de información por favor ponte en contacto con nuestra oficina en el 91 319 70 47.
*Esta comunicación se realiza en el marco del Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Empleo y Competitividad), de fecha 23 de Diciembre de 2019 para la asistencia técnica en materia de ordenación, promoción y fomento de la actividad comercial.